San Juan de los Morros.– Este jueves se dio a conocer públicamente una decisión de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia que involucra a productores guariqueños.
Dicho ente declaró procedente una medida de embargo preventivo sobre bienes pertenecientes a 14 productores agrícolas del Guárico.
Según el tribunal en sentencias publicadas el 6 de octubre, estos habrían incumplido el pago pactado del financiamiento otorgado para sus cosechas.
Origen del conflicto
El periodista Eligió Rojas del diario Últimas Noticias reveló que la decisión de la Sala se produce en respuesta a 14 demandas interpuestas por Agroguárico Potencia.
Esta empres financió a los demandados las siembras de maíz correspondientes al invierno del Ciclo 2021.
Montos
Eligio Rojas revela en su nota de prensa que los 14 productores recibieron 894 mil 361 $ con 14 centavos que convertidos a bolívares sumaron 3.825.095,29, según se observa en las sentencias. Por esa cantidad estimó la demanda Agroguárico Potencia.
Bienes
En las demandas se detallan algunos bienes que incluye la medida de embargo: 13 camionetas, 9 tractores, 7 carros pequeños, 6 camiones, 2 cocechadoras de un hilo, 2 rastras, 2 motos, una sembradora, un supertornado y una retroexcavadora, entre otros.
Estos son los embargados
1.– Yahir Manuel Mosqueda López. Agroguárico Potencia le prestó Bs. 263.057,02 (P) El TSJ lo embarga por Bs.528.306,28 (E).
2.- Domingo Antonio Machuca. P: Bs. 480.964,46. E: Bs. 1.250.507,59
3.- Romer Smith Gutiérrez Hernández. P: BS. 480.964,46. E: Bs. 1.250.507,59
4.– Hamilton Antonio Torres Bolívar. P: BS. 456.264,22. E: Bs. 1.186.286,97
5.- José Gaspar Figuera Pinto. P: Bs. 457.407,96. E: Bs. 1.189.260,69
6.– Javier José Hurtado Valera. P: USD $. 49.207,02. E: USD $. 127.938,72
7.– María Eusebia Contreras Seijas. P: Bs. 196.033,02. E: USD $. 115.837,08.
8.- Cipriano Rodríguez Toro. P: Bs. 191.553,34. E: Bs. 498.038,68
9.– Jesús Rafael Alvarado Fernández. P: USD 43.117,08. E: USD 112.104,40
10.– José Gregorio Chasoy Aguana. P: USD $ 38.699,41. E: USD $. 100.618,46.
11.– Fabian José Trejo Castro. P: Bs. 138.026,19. E: USD 81.560,93
12.– Jesús Rafael Castro Tovar. P: Bs. 133.474,53. E: USD $ 79.961,70
13.– Dhayisbel de Jesús Torrealba Mugueza. P: USD $ 29.924,12. E: USD $. 68.825,47.
14.– Gunther Enrique Hurtado Ochoa P: (USD 28.704,02)
¿Por qué fueron demandados?
Los productores recibieron prestamos según se establece en la demanda: “Es de obligación exclusiva de EL PRODUCTOR el compromiso de pago de los insumos agrícolas suministrados por AGROGUARICO en calidad de financiamiento”. Estos compromisos no fueron honrados por los productores, no pagaron el crédito.
¿Qué pueden embargar?
El Tribunal decide la medida cautelar de embargo preventivo solicitada por Agroguárico Potencia, S.A. sobre bienes muebles propiedad de de los mencionados hasta por la cantidad equivalente a lo adeudado.
¿Quién demanda?
La demandante es la empresa estatal AGROGUÁRICO POTENCIA, S.A., creada mediante el Decreto Nro. 467 del 20 de diciembre de 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Estado Bolivariano de Guárico Nro. 183.
Esta empresa tiene su sede en el edificio El Cubo Negro de la capital guariqueña, según nota de prensa publicada por El Tubazo Digital.
Origen de Agroguárico
Esta empresa estatal fue creada por instrucciones del gobernador Ramón Rodríguez Chacín en la fecha mencionada, durante su mandato.
La misma tenía la finalidad de administrar tres fincas que les fueron arrebatadas a grupos delictivos en el estado Guárico:
1.- Hato La Reforma (Las Mercedes del Llano)
2.- Finca “El 60” (Santa María de Ipire
3.- Mastrantalito (Chaguaramas).
Orlando Medina Bencomo / El Tubazo Digital