San Juan de los Morros.- Hace unos días se anunció, a través de la Gaceta Oficial, el reajuste del valor de la Unidad Tributaria (UT). Es decir que, deben recalcularse todas las tasas, imposiciones y tarifas que utilicen esta referencia para la determinación de sus valores.
Cabe recordar que la UT se ubicó, hasta la publicación del referido anuncio, en 1.500 bolívares. Ahora, según la Gaceta Oficial 42.100 de fecha 06 de abril del 2021, la Unidad Tributaria pasó a ser de Bs 20.000.
Asimismo, el artículo 2 de la norma establece que este indicador de valor solo aplicará para tributos nacionales gestionados por el Seniat. Por lo tanto, “no puede ser utilizada por otros órganos y entes del Poder Público para la determinación de beneficios laborales”. Tampoco para establecer “tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan”.
Por otra parte, el artículo 3 aclara que en los casos de los tributos de liquidación anual, la unidad tributaria aplicable será “la que esté vigente para el inicio del período”.
A pesar del aumento de 1.233% en la UT, todavía hay un importante rezago en relación con la inflación anualizada, que en marzo fue de 3.867%.
El Tubazo Digital