Caracas.- En la Gaceta Oficial N° 41.435 de fecha 9 de julio de 2018, fue publicado el Decreto N° 3.503 de la Presidencia de la República, mediante el cual “se prorroga por sesenta (60) días el plazo establecido en el Decreto N° 3.413, de fecha 10 de mayo de 2018, que declara el estado de excepción y de emergencia económica en todo el territorio nacional, dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político, que afectan el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la nación, las Instituciones Públicas, a las ciudadanas y los ciudadanos habitantes de la República”.
En el Decreto se señala que la medida se toma “a fin de que el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias, para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.394, de fecha 10 de mayo de 2018, visto que subsiste la situación excepcional, extraordinaria y coyuntural por la cual atraviesa la economía venezolana; a fin de que el Poder Ejecutivo pueda seguir brindando protección a las venezolanas y los venezolanos contra la guerra económica”.
La medida entra en vigencia a partir del martes 10 de julio de 2018.
Desde enero del año 2016, en el país se estableció el estado de excepción y emergencia económica, dicha acción fue realizada mediante un decreto, que fue publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.214. Hasta la fecha, se han publicado en gaceta 13 estados de excepción.
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