La Torre de Babel / Ubica tu casa

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El señor Hugo Chávez Frías, en su frenesí desbordada de maldad y en su afán de neo revolucionario e imitador de Fidel Castro, dio inicio al robo público de la propiedad en Venezuela.

Comenzó por la confiscación, de fundos y haciendas productivas, que en términos expresados por la lidereza María Corina Machado, lo calificaba acertadamente, de “robo”; pero, que la ignorancia jurídica del comandante, pretendía calificar esos actos canallescos de ” expropiación ” ; siendo que la expropiación es una institución jurídica, conforme a la cual, solo puede iniciarse un proceso expropiatorio, solo por razones o causa de utilidad pública o interés social; sometido a un proceso judicial, que debe concluir con una sentencia definitivamente firme y con un pago oportuno de justa indemnización.

Sí éstos supuestos no se dan, entonces no hay tal expropiación; sino por el contrario, lo que existe es un escandaloso robo al titular de esa propiedad de bienes  muebles e inmuebles; perpetrado por un régimen felón y depredador.

Me asalta la duda, en cuanto a si el comandante sabía o no sabía, de que su gobierno estaba incurriendo en un delito penal, que no solo trastocaba el derecho a la propiedad privada; y al mismo tiempo, menoscababa un derecho humano universal, cuando él tenía a su disposición un grupete de abogados, que es de presumir, que conocían la  Ley y la Constitución Nacional.

El comandante, no era un hombre de ley; era un personaje cuartelario y como tal, actuaba manu militari.

Muerto el comandante, quedó su hijo putativo, Nicolás Maduro. ¿Qué ha hecho en éstos años el impresentable “obrero”? Dinamitar definitivamente la propiedad privada. Pero, esa demolición, el señor Maduro, la  ha extendido calculadoramente, desde el barrido del sector industrial, agroindustrial, hacia los bienes muebles e inmuebles, y particularmente hacia las casas de habitación de la familia, incluyendo locales comerciales.

El vicepresidente del partido del usurpador, Diosdado Cabello, en su programa televisivo  ” Con e! Mazo Dando ” , se ha convertido en un entusiasta de la idea demencial ” Ubica Tu Casa ” ; que no es otra cosa, que despojar por la vía de la violencia, el dolo, la intimidación y el chantaje, de la titularidad de los dueños de casas, apartamentos y locales comerciales; sirviéndose para tan vil propósito de los mal llamados milicianos y grupos militantes del pus.

Hasta ahora, han conseguido concretar sus malévolos despropósitos, pisoteando los derechos civiles y constitucionales, de esos propietarios violentados. En efecto, la Constitución Nacional Vigente, en su artículo 115, se pauta de manera expresa, que: ” Se garantiza el derecho de la propiedad ” , estipulando en forma concreta, el ” disfrute, el uso, el goce y disposición de sus bienes ” .

Esa misma norma constitucional consagra,  que estará ”  sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes ” .

Es de pensar entonces, que si la norma constitucional habla, que la expropiación pasa por una sentencia; es de suponer, que la misma habrá de derivar de una querella judicial; tutelado por un debido proceso; si no media ese supuesto, no podemos hablar de la figura jurídica ” Expropiación ” , si no  de una vulgar confiscación, que es igual a robo del bien arrebatado.

El legislador constituyentista fue precavido para evitar la extralimitación de la Administración, cuando de seguida dicta el artículo 116, que en forma taxativa prohíbe la ejecución de ” confiscaciones de bienes sino en los casos permitidos por esta Constitución ”.

De modo, que el menoscabo del Derecho de Propiedad, no solo resulta inconstitucional, sino que también desconoce un Derecho Humano. Cuando Maduro y Diosdado Cabello, auspician estos atropellos; por esta vía también violan los Derechos Civiles, del venezolano propietario de un bien inmueble que le sirve de habitación para él y su familia; y más aún lo hacen prevalencia de actos violentos, cuando sin permiso de autoridad competente alguna incursionan en las casas y se posesionan de la misma echando a la calle a las familias, que legítimamente las ocupan.

Efectivamente, el artículo 47,  del Código Civil, es claro cuando asienta: ” El hogar doméstico y todo recinto privado de persona son inviolables ” ; los invasores y sus directores, pasan por alto, en forma deliberada el cumplimiento de la Ley, con el agravante de que los vándalos pretenden desconocer el derecho legítimo del propietario de no ceder en contra de su voluntad, su propiedad.

En tal sentido, el artículo 547 del mismo Código Civil, señala, que: ” Nadie puede ser obligado a ceder su propiedad, ni a permitir que otros hagan uso de ella, sino por causa de utilidad pública o social, mediante juicio contradictorio e indemnización previa ” .

Pregunto: Esto lo sabe Maduro y Diosdado; o no lo saben su grupete de abogados ?

El Código de Justiniano, desde hace unas cuantas lunas dejó establecido : “Ignorantia Juris Excusari Facile, Non Possit” ; que traducido, simplemente es: La ignorancia del Derecho no puede excusarse fácilmente. Claro!! Qué les será difícil rebuscar razones, cuando mañana haya Estado de Derecho en Venezuela, porque están incursos en delitos penalizado en el Código Penal, en su artículo 471, conforme el cual dice : ” Quien con el propósito de obtener para sí o para un tercero provecho ilícito, invada terreno, inmueble o bienechuria ajena, incurrirá en prisión de 5 a 19 años…” 

Pregunto: Acaso los promotores de las invasiones a bienes inmuebles privados, los acompañará la impunidad para no responder por los daños morales, sociales y patrimoniales, causados a la familia propietaria? Soy optimista. Eso nunca ocurrirá.

Finalmente, dejo dos locuciones latinas del Código de Justiniano, que hoy tienen pertinencia:

Quae Lege Fieri Prohibentur, Si Fuerint Facta, Non Solum Inutilizado, Sed Pro Infectis Etiam Habentur ” , cuya traducción es : Igual a si se hiciere lo Que Las Leyes Prohíben, No Solo se lo tendrá por inútil, Sino También Por No Hecho.

” Permissa Vobis Facile Abusi Fueritis Potestate, Ac Ideo Vos Es Non Inmerito Privare Possemus ” ; que traducido es : Quien Mal Usa Su Poder, Debe Ser Privado de el.

Ofil Guillermo Cepeda

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