Publican detalles sobre las normas que rigen la reconversión monetaria

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Caracas.- Precios de productos básicos, redondeo y exhibición de montos, entre otros, son algunas de las normas publicados por el Banco Central de Venezuela (BCV) a través de su plataforma web.

En una resolución del organismo, se señala que “toda fracción resultante de la reexpresión (al dividir entre 1.000) que sea inferior a cero coma cinco (0,5) céntimos, será igual al céntimo inferior; mientras que el de toda fracción resultante de la citada reexpresión que sea igual o superior a cero coma cinco (0,5) céntimos, será igual al céntimo superior”.

Además, “cuando el tercer decimal de la cantidad reexpresada sea igual o superior a cinco (5), el segundo decimal se elevará en una unidad. Y cuando el tercer decimal de la cantidad reexpresada sea inferior a cinco (5), el segundo decimal quedará igual”. Esto con la finalidad de que todos las cifras de expresen con dos decimales.

Excepción para el combustible

Se establece una excepción para combustibles de uso automotor, Gas Licuado del Petróleo (GLP), que se comercializa a granel, servicios de agua, electricidad, aseo urbano, gas metano, telefonía e internet, acciones que se coticen en el mercado bursátil y los tipos de cambio que sí podrán expresarse hasta con tres decimales.

En tal sentido, el precio de un litro de gasolina de 95 octanos -que tiene actualmente un valor de Bs 6-, al aplicarse la reconversión debe expresarse como Bs S. 0,006, sin redondeo.

El documento señala que “los cheques y demás títulos de crédito emitidos hasta el 3 de junio de 2018, y presentados al cobro a partir del 4 de junio de 2018, se entenderá su monto automáticamente reexpresado en Bolívares Soberanos”.

Para ver el documento emitido por el BCV: Clic aquí

Fuente

Carlos Zapata

Globovisión

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