Guárico.- Nuevamente la Dirección Nacional del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) realizó cambios en una de las listas de seleccionados a primarias en el Guárico.
Como es sabido, el pasado domingo 27 de julio esta tolda postuló a precandidatos para unas primarias en las que se escogerán a quienes se medirán el 21N.
Un gobernador, 15 alcaldes, 9 legisladores y 109 concejales, estos dos últimos, con sus respectivos suplentes deberán ser seleccionados antes del 29 de agosto, fecha límite para postularse en el CNE.
En el caso de Guárico, en el municipio Infante, había quedado entre los 10 hombres postulados para el cargo de alcalde: Pedro Carpio, actualmente procesado por presunta extorsión.
Pedro Ramón Carpio Betancourt CI. 12.898.972 había sido detenido el pasado 15 de junio por una comisión policial.
Actualmente el Ministerio Público a través del expediente MP- 104710-2021 en el Tribunal Tercero de Control de Primera Instancia Estadal del Circuito Judicial Estado Guarico, extensión Valle de la Pascua, le sigue juicio.
La causa de este, expone que funcionarios activos adscritos al INTI de estado Guárico fueron presentados por presuntos actos de Extorsión, Corrupción, Asociación para Delinquir y Forjamiento de Documentos Público.
A este funcionario y también postulado a la alcaldía de Infante en el estado Guárico el Fiscal del Ministerio Público solicitó se le siga por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en los Art. 262 del COPP.
Estos solo le delitos precalificados
- Extorsión Agravada, previsto y sancionado en los artículos 16 en relación con el artículo 19, en sus numerales 2 y 7, de la Ley Contra el Secuestró y la Extorsión.
- Corrupción Propia Agravada, previsto y sancionado en el artículo 64, de la Ley Contra la Corrupción.
- Asociación Agravada, previsto y sancionado en los artículos 37 con las agravantes del artículo 29 en sus numerales 2 y 9 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
- Forjamiento de Documentos Público, previsto y sancionado el artículo 319 del Código Penal.
Excluido
Aun cuando en redes sociales algunos intentaron desmentir o negar esta postulación los datos suministrados por fuentes del Ministerio Público a este portal coinciden exactamente con los publicados en la página www.psuv.org.ve, hasta la mañana de hoy. El mismo fue excluido, sin que se diera ninguna explicación a la militancia de esta tolda.
Orlando Medina Bencomo / El Tubazo Digital