El ente detalló que entre las excepciones válidas para no cumplir con el servicio electoral obligatorio, según la ley (Art. 113 LOPE), se encuentran:
- Ser mayor de sesenta y cinco años de edad (65 años).
- Tener alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes.
- Ser candidato o candidata en el proceso electoral, ejercer un cargo de dirección nacional o regional en una organización con fines políticos o ser promotor o promotora de un grupo de electores y electoras.
- Prestar servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio. Además de aquellos trabajadores que en razón de la naturaleza de sus labores le impide asistir a desempeñar sus funciones el día de las votaciones.
El CNE recordó que “de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Electoral Artículo 50, el Servicio Electoral es un deber constitucional”.
Sanciones:
Quienes incumplan injustificadamente con el Servicio Electoral Obligatorio, serán sancionados con multas equivalentes a quince Unidades Tributarias (15 U.T.) y cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.
Las ciudadanas y los ciudadanos inscritos en el #RegistroElectoral, elegidos en el sorteo público y computarizado 🖥️ para prestar el servicio electoral de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Electoral en sus artículos 50, 51 y 52… pic.twitter.com/kfN0rTlXtg
— cneesvenezuela (@cneesvzla) July 26, 2021
El Tubazo Digital