Esa petición podrá hacerse a través del Sistema Automatizado habilitado en el portal web del Consejo Nacional Electoral (CNE), señala un aviso oficial emitido por el ente rector del Poder Electoral.
“Las electoras y electores seleccionadas y seleccionados que no presenten excepción dentro del lapso previsto, deberán cumplir las funciones electorales que les asigne el Consejo Nacional Electoral”, agrega la notificación.
El deber de prestar el servicio electoral está establecido en la Constitución Bolivariana de Venezuela, específicamente en el artículo 134, y en el apartado 50 de la Ley Orgánica del Poder Electoral.
De acuerdo con el artículo 113 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, personas mayores de 65 años de edad, con alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, y candidatos para dicha elección pueden hacer esta petición. Además del registro, los votantes también deben consignar documentos que certifiquen su condiciones.
Los votantes que no cumplan con el servicio electoral obligatorio, serán sancionados con el pago de hasta 50 unidades tributarias.
Fuente
Con información de la AVN