En el local de la cuadra 38 de la avenida Paseo de la República, en San Isidro, los extranjeros tramitan su solicitud de refugio, ya que no pueden acogerse al Permiso Temporal de Permanencia (PTP) debido a que ingresaron al Perú después del 31 de julio, plazo fijado como límite para acogerse a ese beneficio.
Debido a la situación, los venezolanos que acuden a la oficina de Relaciones Exteriores buscan obtener el carnet de solicitante de refugio, lo cual les permitirá trabajar de manera formal en el país.
A diferencia de ello, los venezolanos que ingresaron al país antes del 31 julio deben tramitar el Permiso Temporal de Permanencia (PTP) que les permite obtener un empleo formal y un número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) para pagar los impuestos correspondientes. Asimismo, este documento les permite acceder a servicios de educación, salud, servicios bancarios, entre otros.
Según información de Migraciones, los requisitos básicos para acceder al PTP son: haber ingresado regularmente al territorio nacional antes de la vigencia de la norma, no tener antecedentes penales o judiciales a nivel nacional e internacional, estar en situación irregular como consecuencia del vencim.
El plazo para que los ciudadanos venezolanos que ingresaron al país hasta el 31 de julio, se acojan al PTP es hasta martes 23 de enero de 2018.